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miércoles, octubre 29, 2008

Ley 26269 y la tenencia compartida de los hijos




Los padres se divorcian entre sí y no de los hijos. Recientemente el Congreso aprobó una ley que modifica el Código de los Niños y Adolescentes (Ley 26269) y que incorpora la tenencia compartida de los hijos.
La tenencia compartida tiende a posibilitar la permanencia alternada de los hijos en el domicilio de cada uno de los padres separados. Por ejemplo, se podría establecer que durante unos días el menor se quede en casa de la madre y otros días, en la del padre.
Sin embargo, la ley es clara cuando señala que el juez priorizará el otorgamiento de la tenencia a quien mejor garantice el derecho del menor a mantener contacto con el otro progenitor.
El divorcio, es la separación entre los padres, más no de los hijos, menos con sometimientos, chantajes o extorsiones que generan heridas psicológicas en los niños, que son irreparables y causan secuelas de por vida. Luego del divorcio ambos padres no pueden desligarse de sus obligaciones, pero tampoco de sus derechos, salvo que un juez lo haya dictaminado así por seguridad del niño.
De acuerdo con el texto aprobado, ante falta de acuerdo de los progenitores, el juez puede determinar la tenencia compartida entre los padres separados.
La reciente modificatoria en el Código de los Niños y Adolescentes en cuanto a la Ley 26269 y que incorpora la tenencia compartida de los hijos, beneficia a miles de niños peruanos que viven secuestrados por uno de los progenitores y que además paralelamente se extorsiona al progenitor afectado, pese al incumplimiento fraudulento del que son protagonistas. En ese sentido lamentablemente las leyes peruanas fueron fofas y exageradas, favoreciendo a las madres a tal punto que convirtieron esos vacíos legales en fórmulas para privar a los padres de ese derecho y además aplicar un tinte de lesión en el niño.

La ley beneficiará a aquellos padres y madres que se ven afectados por la actitud de quienes sin tener en consideración los derechos de sus hijos los piensan como una de las partes del divorcio – Una ganancia y un trofeo -- y que consideran que el divorcio también significa el alejamiento de los hijos de uno de los progenitores.

Bajo ese punto de vista la ley debió ser drástica y no solo quitar la custodia al padre infractor, sino que bien pudo hacerse como en otros países, Argentina por ejemplo, donde además se sanciona con pena privativa de la libertad al secuestro de un hijo, por uno de los padres.

Esta reforma abre la esperanza en miles de niños injustamente privados del derecho natural de ver a sus padres. Devuelve a los progenitores afectados la posibilidad de un enmiendo judicial y sanciona un capricho vil. Fueron las madres quienes escogieron al padre de sus hijos, salvo casos de violación. Fueron los padres, quienes escogieron a la madre de sus hijos, por lo tanto es un derecho que el hijo goce de la cercanía de sus progenitores.

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