Un padre que niega al otro el derecho de ver a su hijo, incumple no solo con las leyes civiles impuestas en nuestra sociedad bajo consensos civilizados, sino que también le niega un derecho fundamental al niño, el derecho de gozar de la imagen paterna. A menudo en el problema conyugal, el padre trasgresor utiliza al hijo o hijos para vengarse de su despecho. Lo más común que suele suceder es el rapto, amparándose en vacíos legales que lo único que hacen es dañar psicológicamente al niño. El hijo entonces se convierte en un trofeo que es arrebatado de manera violenta por uno de los progenitores. Siempre en colusión con la familia del padre raptor que en la mayoría de casos es gente de cultura escasa que se vuelve cómplice del delito y del trauma psicológico del infante.
El vacío legal que existe en torno al tema es un abismo que permite el rapto y que lo único que sugiere como notable argumentación es que la única manera de clamar justicia o equilibrar el daño, es volviendo a raptar al hijo sin medir siquiera el daño brutal que psicológicamente se le ocasiona.
El padre agraviado no debe obviar que hay elementos indispensables, mientras ese poder judicial, chapulinezco, actúa, es decir, con la fuerza de un ratón, la frescura de una lechuga y tan lento como una tortuga. Dentro de esos deberes y obligaciones están la pensión alimenticia vital, que da lo mismo si el padre “secuestrador” la cobra o no, pues este puede otorgar a un poder a cualquier persona para que esta recave puntualmente la pensión alimenticia, mientras éste se esconde de la manera más vil. En la patética narración, no se ha considerado a aquellos padres que incumplen con sus obligaciones alimenticias, pues estos están de manera definitiva sumidos en el desamparo legal, además de que por ese incumplimiento tampoco deben ser escuchados en sus reclamos.
Los vacíos legales son los que mutilan la felicidad del niño en un país donde el chantaje se ha convertido en un “modus vivendi”, una manera de coaccionar a familias enteras amparadas en un código permisivo que alimenta esas actitudes villanas y mezquinas, indolentes e insensibles que terminan construyendo seres vacíos carentes de afecto y con traumas innecesarios.
Si ambos padres están separados o divorciados, tienen el "Derecho Natural" de la crianza, la educación y el cuidado personal de los hijos. La Paternidad es un derecho del padre y su ejercicio es un derecho del niño. Los Padres tienen iguales derechos que las Madres, los cuales deben ser reconocidos por la Constitución y las leyes. El ejercicio de la Paternidad es un Derecho Civil y un Derecho Humano. La Tuición y la Patria Potestad es un derecho legítimo del Padre que debe ser reconocido como el valor más importante de la humanidad. Los Padres deben acostumbrarse a reclamar por sus legítimos derechos de padres. Mientras haya leyes elásticas que no sancionen con rudeza como existen en otros países, mientras la hipocresía sea el agua limpia con que algunas instituciones se lavan la cara cada mañana, seguiremos siendo ese país tercermundista incapaz de repartir justicia y tendremos que seguir importándola de cortes internacionales.